Reglamento de la Promoción Juan Luis Guerra

Primera: Propiedad de la promoción. La presente promoción pertenece exclusivamente a Asociación Solidarista de Empleados del Ministerio de Ambiente y Energía, empresa que en adelante se conocerá como “ASOMINAE” o el “ORGANIZADOR”.

Reglamento de la Promoción Juan Luis Guerra

Reglamento de la Promoción
“Sorteo: Dinámica Entradas Concierto Juan Luis Guerra”


Primera: Propiedad de la promoción. La presente promoción pertenece exclusivamente a Asociación Solidarista de Empleados del Ministerio de Ambiente y Energía, empresa que en adelante se conocerá como “ASOMINAE” o el “ORGANIZADOR”.


Segunda: Definiciones: Para los efectos del presente reglamento se entenderá por: ORGANIZADOR: ASOMINAE (Asociación Solidarista de Empleados del Ministerio de Ambiente y Energía).


Tercera: Sobre la promoción: Está dirigida únicamente a los asociados de ASOMINAE, quienes para participar deberán realizar la acción que se solicita en la publicación de la dinámica, la cuál es, formalizar cualquiera de las líneas de crédito que la asociación pone a disposición de sus asociados (hipotecario, prendario, préstamo personal, préstamo sobre excedentes, entre otros similares) mayores a ₡100.000, dentro del periodo del 01 de mayo al 5 de junio 2023. Este préstamo o crédito NO podrá ser cancelado antes de un periodo de 4 meses. En caso contrario, de cancelar anticipadamente, se le cobrará una penalización por pronto pago de un 3% sobre saldo a la fecha.
Además, si un asociado tiene más de una operación, debe de estar al día con todas las operaciones. La rifa se realizará sobre operaciones, no sobre el nombre de asociados, por lo que entre más operaciones tenga un mismo asociado, más posibilidades tendrá de ganar. Se sortearán 2 entradas dobles al concierto de Juan Luis Guerra, con su gira “Entre mar y palmeras”. Serán 2 ganadores (1 entrada doble por ganador). La elección de los ganadores se realizará el martes 6 de junio 2023, entre los asociados que cumplan con los requisitos del sorteo. Los ganadores serán contactados a través de los medios de comunicación que estén registrados en el sistema de ASOMINAE y notificados a través de la página oficial de ASOMINAE en Facebook y el sitio web oficial www.asominae.org, sino contestaran, deberán reportarse por medio de llamada o WhatsApp al número 8629-8936, el mismo día del sorteo antes de las 3:00pm, con sus datos personales, incluyendo nombre completo, número de cédula, correo electrónico y número de teléfono. ASOMINAE no será responsable en caso de que el ganador no envíe el mensaje privado para ser contactado e informado sobre la forma de retiro del premio. La fecha para asistir al concierto será el sábado 10 de Junio 2023 a las 7:00pm. Para el sorteo se levantará un acta privada firmada por Gerencia de ASOMINAE y la elección será en presencia de un notario. Si una persona se encuentra morosa o bien es fiador, avalista o está ligado de cualquier otra forma posible a una operación que se encuentre en mora, de acuerdo a las políticas de “ASOMINAE”, NO TENDRÁ DERECHO AL PREMIO (los conceptos de “mora” o “premora” aquí referidos, no afectan ni limitan el derecho del acreedor de hacer exigible la obligación y presentar el cobro correspondiente, al momento del incumplimiento de acuerdo a lo establecido en los créditos y legislación mercantil).

Cuarta: Sobre las condiciones de participación: Esta dinámica está dirigida exclusivamente a personas físicas mayores de edad que cuenten con un documento de identificación válido y vigente, reconocido por la República de Costa Rica. Estas deben cumplir con todos los requisitos, condiciones y responsabilidades contenidas en este reglamento y en las modificaciones que se realicen al mismo. Para participar se debe cumplir con la mecánica indicada en el posteo en el tiempo estipulado en la cláusula anterior. Todo asociado que desee participar en la dinámica deberá tener conocimiento y aceptar el contenido de este reglamento y sus modificaciones. El reclamo, la aceptación y el recibo del premio conlleva la forzosa e ineludible obligación de conocer las condiciones y la forma de participar, así como las limitaciones, requisitos y responsabilidades en cuanto al otorgamiento del premio. Por lo anterior y para todos los efectos legales, entenderá que la manifestación de voluntad de la aceptación de ese conocimiento se verificará por el sólo hecho de participar en el sorteo, y eventualmente de reclamar el beneficio de la dinámica, en cuyo caso se podrá exigir al interesado que, mediante documento escrito, manifieste dicha declaración y a su vez se adhiera por completo a todas y cada una de las cláusulas del reglamento.